Sala de Prensa

Ministro Lavín y Directora Nacional del Senadis durante la actividad de difusión de respeto a los estacionamientos de personas con discapacidad
Ministro Lavín y Directora Nacional del Senadis durante la actividad de difusión de respeto a los estacionamientos de personas con discapacidad

06/11/2011

Ministerio de Desarrollo Social y Senadis realizan llamado a respetar estacionamientos destinados a personas con discapacidad

Santiago, 6 de noviembre de 2011. El Ministro de Desarrollo Social, Joaquín Lavín y la Directora Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad, María Ximena Rivas se dieron cita en los estacionamientos del Parque Arauco para dar inicio a la campaña de uso correcto y respeto a los estacionamientos destinados a las personas con discapacidad.

En la oportunidad, las autoridades destacaron la importancia de respetar estos estacionamientos, la fiscalización que se debe realizar para el cumplimiento de la Ley de de Tránsito N°18.290 y la aplicación de las multas correspondientes.

"Queremos hacer un llamado a que se respeten este tipo de estacionamientos. Si alguien no es una persona con discapacidad y no va con una persona con esta condición en su auto, no puede usar estos estacionamientos, ya que sólo equivalen al 1 por ciento del total de los aparcaderos existentes en Chile", explicó el Ministro Lavín.

"La Ley de Tránsito establece que cada tres cuadras debe haber por lo menos dos estacionamientos para personas con discapacidad en la calle. Por eso, desde ahora estamos fiscalizando estrictamente la mala utilización de estos espacios a través de Carabineros e inspectores municipales", agregó el Ministro de Desarrollo Social.

En la jornada se contó con la presencia de Carabineros de Chile e Inspectores Municipales quienes son los encargados de supervigilar el cumplimiento de la normativa. Ésta señala que constituye una infracción grave el uso indebido de los estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad y menos grave estacionar en un espacio destinado a vehículos para personas con discapacidad.

De acuerdo a la mencionada Ley, la pena de multa para las infracciones menos graves, es de 0,5 a 1 unidad tributaria mensual. Y para las infracciones graves, 1 a 1,5 unidades tributarias mensuales.

La Directora Nacional del Senadis, María Ximena Rivas, recordó que “para utilizar los estacionamientos la persona con discapacidad debe estar inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad y dejar la credencial en el interior del vehículo, visible, en el costado inferior izquierdo del parabrisas delantero”.

A esto, la Directora del Senadis agregó “tienen que acercarse a la Compin, a cualquier Compin del país, ahí hacen el proceso de calificación, la Compin certifica cuál es el tipo de discapacidad que tiene y luego esos datos se van al Registro Civil y se les entrega esta credencial”.

"Como parte de nuestra misión de entregar la mejor experiencia de compra a todos nuestros clientes, Parque Arauco apoya esta campaña de incentivo al correcto uso de los estacionamientos designados para personas con discapacidad y así buscar que su visita a nuestro mall sea lo más agradable posible", comentó Samantha Jijena, Gerente de Experiencia y Clientes Parque Arauco.

Actualmente se conformó una Mesa de Trabajo Intersectorial, liderada por el Senadis e integrada por el Ministerio del Interior, Ministerio de Obras Públicas, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ministerio Transportes y Telecomunicaciones, Carabineros de Chile, Registro Civil, entre otros actores de la sociedad civil para concientizar y promover acciones que promuevan el respeto del uso exclusivo de estacionamientos para personas con discapacidad, junto con resguardar la correcta fiscalización de los organismos pertinentes y promover cambios en la normativa vigente para mejorar este beneficio.

Decálogo del Estacionamiento
1. Para usarlo debes estar inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad, dejar la credencial en el interior del vehículo, visible, en el costado inferior izquierdo del parabrisas delantero.
2. Los estacionamientos reservados para personas con discapacidad NO son para Embarazadas ni Adultos Mayores.
3. Son más anchos para permitir bajar la silla de ruedas a un costado del vehículo.
4. Deben estar ubicados cerca de los accesos. Una persona en silla de ruedas puede no ser vista por un auto en retroceso.
5. La Ley Nº 18.290 de Tránsito establece Multas; si haces uso incorrecto de ellos se considera una Falta Grave. (1 a 1.5 UTM, $58.000 aprox.)
6. Carabineros e Inspectores Municipales pueden fiscalizar y cursar infracciones en la vía pública y en el interior de espacios privados de uso público (centros comerciales, supermercados, etc.) 
7. Ocupar otro documento distinto a la credencial oficial se considera Falsificación de Instrumento Público.
8. La Cruz de Malta no autoriza ocupar uno de estos espacios.
9. Deben estar señalizados en forma vertical y demarcada en el suelo para ubicarlos fácilmente. (CONASET)
10. Tan solo el 1% de los estacionamientos son exclusivos para personas con discapacidad... ¡el resto es todo tuyo!

Fotografía: Silvana Gajardo - Comunicaciones Ministerio de Desarrollo Social.