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Exención de restricción vehicular en la región Metropolitana

¿En qué consiste el beneficio?

Permite al solicitante del vehículo autorizado circular durante el período de vigencia de la restricción vehicular permanente y en episodios críticos por material particulado (MP10 y MP2,5), mediante resolución exenta de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la región Metropolitana.

Para los vehículos inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados a partir del 1 de septiembre de 2012 no rige ninguna clase de restricción vehicular.

¿Cuál es el Beneficio directo?

Poder circular en los días de restricción vehicular aplicada en la región Metropolitana.

¿Quiénes pueden solicitar o postular?

Propietarios de vehículos, sujetos a las siguientes causales:

• Vehículos importados por personas con discapacidad o por personas jurídicas sin fines de lucro, de conformidad con el artículo 48 de la ley N° 20.422

• Vehículos de uso particular que deban destinarse en forma habitual al transporte de personas determinadas que padezcan enfermedades que, en razón de sus tratamientos o controles, deban concurrir frecuentemente a centros de salud, lo que deberá acreditarse detalladamente en la certificación del médico tratante o del centro de salud respectivo.

• Vehículos de uso particular que sirvan de único medio de transporte para una persona con discapacidad, lo que deberá acreditarse mediante la credencial de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad

Además, puedes solicitarlo empresa o institución vinculada a la protección de la salud:

• Vehículos que presten habitualmente servicios para centros de rehabilitación, hospitales, clínicas u otros centros de salud, para el transporte de personas enfermas o con discapacidad, lo que deberá solicitar y acreditar el centro de salud respectivo.

• Vehículos destinados habitualmente por empresas o instituciones relacionadas con la protección de la salud, para prestar directamente servicios de asistencia, consulta o rescate médico, lo que deberá solicitar y acreditar la empresa o institución correspondiente.

 

¿Cómo se solicita el beneficio?

Debe dirigirse a la Oficina de Partes de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, SEREMITT, de la región Metropolitana, ubicada en Serrano 89, primer piso, Santiago, entre las 09:00 y las 14:00 horas.
Allí debe entregar los antecedentes requeridos.

Tendrá una respuesta en un plazo máximo de 20 días hábiles.

La validez del trámite es desde el 1 de abril al 31 de agosto de cada año, o mientras esté vigente la restricción vehicular para Santiago.

 

¿Cuáles son los documentos o antecedentes requeridos para postular?

Se debe presentar el Formulario de solicitud de exención de restricción vehicular año en curso junto con demás de los antecedentes requeridos según causal de exención invocada:

Vehículos importados por personas con discapacidad o por personas jurídicas sin fines de lucro, de conformidad con el artículo 48 de la Ley Nº 20.422:

• Fotocopia de la credencial de discapacidad o del certificado de inscripción en Registro Nacional de Discapacidad, ambos emitidos por el Servicio de Registro Civil e Identificación (se pueden solicitar en línea en https://www.registrocivil.cl/) o certificado de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, COMPIN.

• Fotocopia del certificado de revisión técnica o de homologación vigente.

• Fotocopia de permiso de circulación vigente.

• Copia de la resolución que autorizó la franquicia aduanera del Ministerio de Hacienda

• Copia simple de la declaración de internación del vehículo, extendida por el Servicio Nacional de Aduanas

• Certificado de anotaciones vigentes del Registro Nacional de Vehículos Motorizados (se pueden solicitar en línea en www.registrocivil.cl).

• Copia simple de la liberación de derechos, extendida por el Servicio Nacional de Aduanas (sólo para vehículos internado por zonas francas)

Vehículos que presten habitualmente servicios para centros de rehabilitación, hospitales, clínicas u otros centros de salud, para el transporte de personas enfermas o con discapacidad, lo que deberá solicitar y acreditar el centro de salud respectivo:

• Solicitante debe ser propio hospital, clínica o centro de salud, y acreditar que realiza servicios de traslado de pacientes o personas con discapacidad (acreditar giro u objeto, contratos vigentes u otros documentos), respecto de cada vehículo.

• Respecto de cada vehículo, acompañar:

- Certificado de anotaciones vigentes del Registro Nacional de Vehículos Motorizados (se pueden solicitar en línea en www.registrocivil.cl).

- Fotocopia de certificado de revisión técnica o de homologación vigente.

- Fotocopia de permiso de circulación vigente.

Vehículos de uso particular que deban destinarse en forma habitual al transporte de personas determinadas que padezcan enfermedades que, en razón de sus tratamientos o controles, deban concurrir frecuentemente a centros de salud, lo que deberá acreditarse detalladamente en la certificación del médico tratante o del centro de salud respectivo:

• Solicitante debe ser propietario del vehículo.

• Adjuntar documento emitido por centro de salud o médico tratante, que acredite que el beneficiario, por padecer de cierta enfermedad, debe concurrir con frecuencia a centro de salud (debe detallarse en el documento dicha periodicidad, ya sea diaria, semanal u otra).

• Respecto del vehículo, debe acompañar:

- Certificado de anotaciones vigentes del Registro Nacional de Vehículos Motorizados (se pueden solicitar en línea en www.registrocivil.cl).

- Fotocopia de certificado de revisión técnica o de homologación vigente.

- Fotocopia de permiso de circulación vigente

Vehículos de uso particular que sirvan de único medio de transporte para una persona con discapacidad, lo que deberá acreditarse mediante la credencial de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad:

• Solicitud sólo debe ser presentada por propietario del vehículo.

• Certificado de inscripción en el registro nacional de discapacidad (credencial de discapacidad) o bien, inscripción en el mismo.

• Respecto del vehículo, debe acompañar:

- Certificado de anotaciones vigentes del Registro Nacional de Vehículos Motorizados (se pueden solicitar en línea en www.registrocivil.cl).

- Fotocopia de certificado de revisión técnica o de homologación vigente.

- Fotocopia de permiso de circulación vigente

Vehículos destinados habitualmente por empresas o instituciones relacionadas con la protección de la salud, para prestar directamente servicios de asistencia, consulta o rescate médico, lo que deberá solicitar y acreditar la empresa o institución correspondiente:

• Solicitante debe ser empresa o institución vinculada a la protección de la salud, lo que debe acreditar con antecedentes correspondientes (autorizaciones, estatutos, contratos etc.)

• Respecto del vehículo, debe acompañar:

- Certificado de anotaciones vigentes del Registro Nacional de Vehículos Motorizados (se pueden solicitar en línea en www.registrocivil.cl).

- Fotocopia de certificado de revisión técnica o de homologación vigente.

- Fotocopia de permiso de circulación vigente.

 

¿Dónde se realiza el trámite y en que horarios?

En la oficina de partes de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, SEREMITT, de la región Metropolitana, ubicada en Serrano 89, primer piso, Santiago. Horario de atención lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.

 

¿Existe un periodo de postulación?

El trámite se puede realizar durante el período en que dura la restricción vehicular (desde el 1 de mayo al 31 de agosto de 2019), en la oficina de partes de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la región Metropolitana.

 

¿Cuánto tiempo se demora el trámite?

Este trámite demora 20 días hábiles.

¿Tiene algún costo?

Este trámite no tiene costo para usted.

 

Para obtener más información ingrese al link: http://www.mtt.gob.cl/restriccion2019